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Plan Personal de Retiro (PPR): cómo deducir tus aportaciones en 2026

Cuánto puedes deducir con un PPR según el artículo 151, fracción V, de la Ley del ISR, cómo aplicarlo en tu declaración anual y qué pasa si retiras antes de los 65.

Seguro
Planes de retiro, ahorro e inversión
Autor
Equipo AG
Publicada
Tiempo de lectura
5 min de lectura
Pareja de unos 55 años revisa sus planes en una laptop en la terraza de su casa.

Un Plan Personal de Retiro (PPR) es una de las pocas formas de ahorrar para tu retiro y, al mismo tiempo, pagar menos impuestos hoy. En esta guía te explicamos qué es, cuánto puedes deducir en 2026, cómo se aplica en tu declaración anual y qué pasa si necesitas el dinero antes de tiempo.

Qué es un PPR

Es una cuenta o un producto de inversión creado con un solo fin: juntar dinero para usarlo cuando cumplas 65 años, o antes únicamente en caso de invalidez o incapacidad para trabajar. Lo administran, en cuentas individuales, instituciones autorizadas por el SAT: aseguradoras, bancos, casas de bolsa, Afores y operadoras de fondos de inversión. Cuando lo contratas con una aseguradora, normalmente viene como un seguro de vida con ahorro: además del fondo, tus beneficiarios están protegidos si llegaras a faltar.

Cuánto puedes deducir en 2026

El artículo 151, fracción V, de la Ley del Impuesto sobre la Renta permite deducir tus aportaciones a un PPR con dos límites. Se aplica el que resulte menor:

  1. El 10 % de tus ingresos acumulables del año.
  2. Cinco UMA anuales.

La ley todavía habla de "salarios mínimos", pero desde la reforma constitucional de desindexación de 2016 esas referencias se calculan con la Unidad de Medida y Actualización (UMA). El INEGI publicó los valores de la UMA vigentes desde el 1 de febrero de 2026:

  • diaria: $117.31,
  • mensual: $3,566.22,
  • anual: $42,794.64.

Cinco UMA anuales son $213,973.20. Ese es el máximo que podrías deducir por PPR, aunque tus ingresos sean muy altos. Para el cálculo exacto de tu declaración, pide a tu contador que confirme el valor aplicable al ejercicio.

Un detalle importante: el mismo artículo pone un límite general a las deducciones personales (lo que resulte menor entre cinco UMA anuales y el 15 % de tus ingresos), pero ese límite no aplica a las aportaciones al PPR. Puedes deducir tus gastos médicos, colegiaturas o intereses hipotecarios dentro de su límite y, además, tu PPR dentro del suyo.

Dos ejemplos

Los ejemplos son ilustrativos y suponen que todo el ingreso es gravable; tu ahorro real depende de tu situación fiscal.

Ana gana $900,000 al año. Su límite es el menor entre el 10 % de sus ingresos ($90,000) y $213,973.20. Puede deducir hasta $90,000. Con ese ingreso, y también con los $810,000 que le quedan después de deducir, su tasa marginal es de 30 % según la tarifa anual 2026 del artículo 152 de la Ley del ISR. Si aporta esa cantidad, su impuesto del año bajaría alrededor de $27,000, que normalmente se reflejan como saldo a favor en su declaración anual.

Carlos gana $2,400,000 al año. El 10 % serían $240,000, pero el tope de cinco UMA es menor. Puede deducir hasta $213,973.20. Si aporta más, el excedente sigue ahorrando para su retiro, pero no se deduce.

Cómo se aplica, paso a paso

  1. Contrata un PPR con una institución autorizada. Verifica que el producto esté registrado como plan personal de retiro deducible; no todos los planes de ahorro lo son.
  2. Aporta antes del 31 de diciembre. Lo que aportes en el año se deduce en la declaración anual de ese año.
  3. Guarda tus comprobantes. La institución te entrega estados de cuenta o constancias de tus aportaciones, y también las reporta al SAT.
  4. Presenta tu declaración anual en abril. Las personas físicas presentan la declaración del año anterior en abril. Revisa que tus aportaciones aparezcan en el apartado de deducciones personales; si no aparecen, puedes capturarlas con tus comprobantes.
  5. Recibe tu saldo a favor. Si la deducción genera un saldo a favor, puedes solicitar su devolución en la misma declaración.

Si eres asalariado y tu único ingreso es tu sueldo, quizá no estés obligado a presentar la declaración anual, pero puedes presentarla para aplicar tus deducciones.

Qué pasa si retiras antes de los 65 años

Este es el punto que más hay que cuidar. Si retiras el dinero antes de cumplir 65 años, y no se trata de invalidez o incapacidad, la ley considera ingreso acumulable las aportaciones que dedujiste y los rendimientos, actualizados. La institución puede retenerte ISR como pago provisional, y en tu declaración anual se calcula el impuesto definitivo con reglas especiales que reparten el ingreso en varios años, hasta un máximo de cinco.

En pocas palabras: lo que te ahorraste en impuestos lo terminas pagando, así que un PPR es para dinero que no vas a necesitar antes de tu retiro.

Y si el titular fallece

Los beneficiarios designados o los herederos reciben los recursos y deben acumular a sus ingresos del año los retiros que hagan de la cuenta. En un PPR contratado con una aseguradora, además, puede haber una suma asegurada por fallecimiento, según el plan.

Al llegar a los 65 años

El tratamiento fiscal del cobro depende del producto y de cómo lo recibas: en una sola exhibición o como una renta periódica. Antes de cobrar, revísalo con tu contador y con nosotros para elegir la forma que más te convenga.

La otra opción: el seguro para el retiro del artículo 185

Hay una segunda vía de deducción, distinta del PPR. El artículo 185 de la Ley del ISR permite restar de tus ingresos las primas de seguros con base en planes de pensiones relacionados con la edad, jubilación o retiro, hasta $152,000 al año. La diferencia es que, cuando recibes ese dinero, se suma a tus ingresos de ese año y pagas el impuesto entonces. Funciona más como un diferimiento del impuesto que como una deducción definitiva. Algunas aseguradoras permiten combinar ambas vías en un mismo plan.

Antes de contratar

  • Elige una aportación que puedas mantener durante años.
  • Pregunta qué parte del plan está garantizada y cuál depende de rendimientos.
  • Revisa la moneda del plan: pesos, UDIS o dólares.
  • Pregunta cuánto te devolverían si cancelas en los primeros años; suele ser poco.
  • Confirma con tu contador cómo encaja la deducción en tu declaración.

El siguiente paso

Usa nuestro proyector de retiro para estimar cuánto podrías juntar y cuánto podrías deducir, y después platícalo con nosotros. Comparamos planes de varias aseguradoras y te explicamos sus diferencias. Las cifras de esta guía y de nuestras herramientas son estimaciones ilustrativas, no constituyen asesoría fiscal y no garantizan rendimientos; las condiciones finales las determina la aseguradora.

Esta guía es informativa y sus cifras son ilustrativas. Las coberturas, deducibles y plazos exactos los marca tu póliza; la prima final la determina la aseguradora.

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